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lunes, 13 de noviembre de 2017

Las pantallas son anchas y ajenas



por Christian Wiener Fresco



Como sabemos, esta película no ha sido la primera y probablemente tampoco la última que sea maltratada por querer estrenarse en su propio país. Esta situación se mantendrá mientras la autoridad se siga haciendo la vista gorda en este tema, no queriendo legislar al respecto para no chocar con la supuesta y sacrosanta “libertad de mercado”.

En la presentación que hizo el Ministro de Cultura el martes 7 de noviembre en la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural del Congreso para sustentar el proyecto de nueva ley de la Cinematografía y el Audiovisual peruano, mencionó como ejemplo de apoyo al cine el caso de Francia, pero se cuidó de señalar que su Estado no solo fomenta a sus cineastas económicamente, sino con garantías para la exhibición de sus películas, aun las más difíciles y experimentales, gracias a la cuota de pantalla. Por eso los galos encabezaron en los años 90 el movimiento por la excepción cultural en el campo audiovisual, para protegerse del monopolio avasallador de la cinematografía hollywoodense.


Igual se podría decir en América Latina de Argentina o Brasil, por mencionar dos de las cinematografías más fuertes en la región, donde la cuota de pantalla es un elemento clave de sus legislaciones y factor central para la visibilidad de sus producciones.

En el Perú actual sin embargo de ese tema no se quiere ni siquiera hablar, como si mencionarlo fuera casi una herejía, un fantasma del pasado que mejor se exorciza con el silencio. Pensar que hace unos años se avanzó a plantearlo por primera vez en un texto legal para el cine peruano, aun con la salvedad de no ser obligatoria, y ese solo hecho desató la tormenta perfecta entre quienes cuestionaban su posible inaplicación contra los más que ya lo daban por hecho, y sentenciaban que eso iba contra la libertad del público (aunque en realidad de los empresarios) al supuestamente obligar a los peruanos a consumir su cine.

La cuota de pantalla es un mecanismo por el cual se asegura un mínimo de espacio anual para la difusión del cine nacional en las pantallas de las salas de cine comercial. No es algo privativo del cine, en la vigente Ley de radiodifusión se contempla una cuota de pantalla del 30% para la producción nacional en los canales de televisión peruanos, cifra también estipulada para las estaciones radiales. Lo que la propuesta del Ministerio de Cultura, en conjunto con los gremios de cine, planteaba en el proyecto del 2012 era la posibilidad que la entidad oficial de la cinematografía, “teniendo en cuenta la infraestructura de salas de exhibición cinematográfica existentes en el país, los promedios de asistencia y el volumen de producción de obras cinematográficas nacionales por año, podrá fijar anualmente políticas sobre porcentajes mínimos de exhibición de obras cinematográficas peruanas en cualquier medio o sistema correspondiente. Este porcentaje no debe superar el veinte por ciento (20%) del total de obras exhibidas a nivel comercial en el país durante el mismo período de tiempo.”   

El porcentaje máximo que podría alcanzar esta cuota, del 20%, no era una cifra arbitraria, sino que esta consignada en el Tratado de Libre Comercio del Perú con los Estados Unidos, donde se cautela que hasta ese porcentaje nuestro país, de manera facultativa, podría condicionar su presencia en el mercado audiovisual y específicamente cinematográfico (en el anexo II de Inversión y Comercio Transfronterizo de Servicios). Los negociadores peruanos que participaron de este acuerdo no consignaron esta salvedad por puro formulismo, fue una manera de asegurar una mínima soberanía en el manejo de las políticas públicas en materia cultural por el país.  

Pecan por tanto de ignorancia o mala fe todas las voces que hablan que la cuota de pantalla “obligaría” a los espectadores peruanos a ver su cine. No, aquí no se trata de imposiciones ya que cada quien es libre de ver lo que quiera, pero si abrir oportunidades para que el cine peruano no sea, en su gran mayoría, el inquilino casi molestoso en su propio país, y pueda llegar de manera regular y segura a su público natural en similares condiciones a los otras cinematografías, incluyendo los grandes blockbusters norteamericanos que nos invaden cotidianamente las pantallas. Y la mejor prueba es que en todos los países donde existe este mecanismo, no ha eliminado la “competencia” estadounidense, pero si cautelado y potenciado a su cine propio.

En el nuevo proyecto de ley se propone como gran solución que se suscriba un contrato entre las empresas exhibidoras y el titular de los derechos de utilización económica donde “se regulen las condiciones de estreno y la exhibición comercial de la obra”. Pero para quien conoce un poco del comercio cinematográfico sabe que todo eso no pasa de buenos deseos, porque nunca ellos han suscrito un contrato para exhibir una película, y no tendrían ninguna obligación de hacerlo ya que la ley no establece ninguna posible sanción a su incumplimiento. Allí se revela la relación asimétrica que existe entre los productores y distribuidores nacionales frente al puñado de grandes cadenas exhibidoras asociadas a las distribuidoras norteamericanas, que pueden excluir cualquier título nacional que no les interese sin mayores consecuencias, a no ser alguna queja en redes sociales. Por lo demás, la actual ley, la 26370, ya preveía este tema de los contratos y como ha quedado demostrado en estos años, no sirvió de mucho, en realidad de nada.

La otra propuesta esbozada en el proyecto de nueva ley, la del fomento a la exhibición cinematográfica alternativa, suena atractiva en cuanto a impulso del cine cultural, pero difícilmente lograra tener el impacto que se demanda en el terreno comercial –si se quiere un cine mínimamente rentable- salvo que se generalice un circuito alternativo como las salas INCAA en Argentina. De otra manera, se estaría condenando al cine peruano a un gueto, lo que haría muy difícil su popularización, más allá de los títulos comerciales que no requieren mayor apoyo para su exhibición.

Adicionalmente la cuota de pantalla debe complementarse con el mínimo de mantenimiento, que es un mecanismo que asegura que una película que cumple un mínimo de espectadores en una semana no sea retirada arbitrariamente de cartelera. Práctica muy común en el negocio cinematográfico, por presión de las distribuidoras trasnacionales, que tienen todos sus estrenos planificados internacionalmente, y donde cualquier película nacional o de otra procedencia que altera sus planes, es inmediatamente eliminada de la “libre competencia”, aun cuando haya tenido un comportamiento comercial exitoso en su semana de estreno. Lo que se trata es de garantizar que la película cumpla cuando menos su primera semana de estreno, como no sucedió “La luz en el cerro”, y que pueda seguir en circuito si alcanza un determinado número de espectadores. Eso implicará que el Ministerio de Cultura desarrolle una labor de fiscalización en este campo, supervisando los estrenos y desempeño comercial de las películas exhibidas en el país en cualquier medio o sistema. Y que la Ley contemple además, posibles sanciones para quienes lo incumplan, no como ahora donde todo el título de infracciones y sanciones está dedicado exclusivamente a los productores.

Lejos de restringir la libertad de elección, la cuota de pantalla permite una apertura y democratización de nuestras pantallas, y una libertad de opciones para todos los peruanos que actualmente estamos lejos de tener ante la “cuota de pantalla” que nos imponen desde afuera. Por el contrario, lo que se propone es un porcentaje muy minoritario en relación a toda la producción extranjera, en especial hollywoodense, que domina nuestro mercado como al resto del mundo, lo que implica que la negativa a aplicarla es más ideológica que realmente práctica.    

Culmino con un texto del INCAA sobre el punto, que me exime de mayor abundamiento sobre las razones de fondo que justifican esta medida: “Fundamentalmente, debe repararse en la existencia de factores que, como la globalización y la desigualdad económica, han conducido a la constitución de grandes conglomerados culturales-comerciales que, a través de una constante oferta de sus productos sobre las naciones con economías menos desarrolladas, favorecen la unificación de contenidos culturales y la supresión de miradas alternativas, nacionales o regionales. Ante este fenómeno el Estado debe asumir un rol activo, implementando medidas que preserven los derechos individuales de los titulares de esos emprendimientos, pero que también garanticen a todos los ciudadanos la posibilidad de gozar plena y efectivamente de los bienes y servicios culturales propios.  

lunes, 11 de septiembre de 2017

Con mi ortodoxia no te metas




por Christian Wiener Fresco




Era más que previsible que los funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas se opusieran a la cesión de parte del impuesto municipal para la constitución de un fondo de la cinematografía peruana. como se preveía inicialmente en el proyecto de nueva ley de cine elaborado por el Ministerio de Cultura y los gremios. Cualquiera que ha seguido el largo periplo de los cineastas por una nueva ley en los últimos 16 años, sabe que uno de los más grandes escollos para el cambio de la situación delcine peruano provino siempre del MEF, reacios a dar los recursos necesarios para las actividades culturales, y negándose a toda iniciativa que signifique una mínima autonomía económica.



La idea de obtener recursos para la cinematografía nacional de parte del tributo a las entradas de las salas de cine  se aplica en diferentes partes del mundo, tomando como base el precepto de “el cine financia al cine”; es decir que sea la propia actividad –dominada por el oligopolio hollywoodense- la que contribuya a sostener la producción local y otros aspectos relacionados con el mundo audiovisual.  Este modelo fue adoptado en Argentina durante el gobierno de Menem, que añadió también un aporte del servicio de cable y la publicidad televisiva, todo lo cual generó un fondo realmente significativo que ha estado en la base del gran impulso y éxitos que el cine de ese país vivió en los últimos veinte años.  Otro caso significativo es el de Colombia, que durante el gobierno de Uribe sancionó la actual ley de cine, también muy exitosa y reconocida, cuyos recursos principales provienen de un viejo tributo a las salas –de la época de la guerra con Perú, a inicios de la década del treinta- destinado ahora para el fondo que apoya múltiples actividades relacionadas con el cine, además de la producción. También en Brasil y Venezuela una parte del tributo a las entradas de cine y otros servicios audiovisuales se destinan a fomentar su cinematografía, y de manera similar se viene discutiendo en Ecuador. 

El cine peruano tampoco ha sido ajeno a este tributo. En 1962, en el segundo gobierno de Prado se promulgó la Ley 13936 que liberaba de todo impuesto a las salas cinematográficas que exhibieran películas peruanas de largometraje, concediendo esos ingresos a las empresas productoras nacionales. Una versión mejorada fue la propuesta por el decreto ley 19327 del gobierno militar de Velasco que extendía parte de esa exoneración tributaria a la exhibición de cortometrajes, beneficiando con un tanto por ciento de ese tributo a quienes realizaron estas obras que durante veinte años sustentó gran parte de la producción nacional. Fue recién con la derogatoria de esta última ley con Fujimori y la dación posterior de la 26370, que nos rige hasta hoy en día, que el impuesto municipal salió del radar, aunque no del interés, del sector.

Hay que recordar que durante muchos años el impuesto municipal fue el único tributo al que estaba sujeto el negocio cinematográfico. Eso explicaba que las autoridades ediles cumplieran una serie de acciones de control como la aplicación de la restricción para menores determinadas por los organismos de supervigilancia, la limpieza y cuidado de las salas, y hasta la calidad de las proyecciones, teniendo para tal efecto un grupo de butacas reservadas para los empleados municipales en cada sala.  Pero la crisis de las salas tradicionales de exhibición, y la transformación del negocio en las multisalas ubicadas en centros comerciales comenzó a hacer irrelevante y hasta obsoleta la presencia municipal, al desaparecer la calificación de las películas, y la posibilidad de sanción a una sala por cualquier afectación al espectador corresponder a INDECOPI. En palabras de abogado: “la generación de externalidades negativas que afectaban a las municipalidades y que sustentaban la existencia de un impuesto de esta naturaleza no se da en la actualidad”. En los 90 las salas fueron gravadas con el IGV –con lo que contaban con dos tributos- y el del municipio se redujo al 10%, que a pesar de varios intentos por reducirlo, reconvertirlo o  eliminarlo, sigue allí para beneficio de un puñado de distritos (algo así como el 2.5% de todas las municipalidades del país) donde hay salas de cine.

Este tributo, que se denomina impuesto a los espectáculos públicos no deportivos y que supuestamente se dirige a todo evento público en un lugar cerrado hoy solo se sigue aplicando para el caso de los cines (que ya cumplen con otros pagos de ley a los municipios como cualquier negocio), las carreras de caballos y los espectáculos taurinos, ya que han sido exonerados del mismo los espectáculos de folclor nacional, teatro cultural, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet y circo; así como los conciertos de música en general, incluidos los de grandes bandas y estrellas internacionales. 

¿Estas exoneraciones han puesto en crisis a las arcas municipales? Por supuesto que no, así como tampoco lo haría que el impuesto municipal –que al fin y al cabo es muy pequeño y repartido- se dedique a otros fines. En todo caso, si el MEF quisiera realmente impulsar el cine peruano sin afectar a las municipalidades, pudo haber transferido el monto que piensa dar de manera directa para el cine al Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), la misma que podría destinarse en mayor cantidad a los distritos con menos recursos y posibilidades que aquellos que disponen de salas de cine que le rinden dinero fácil. 

Todo lo cual confirma que la oposición de los funcionarios del MEF a permitir la creación del fondo con parte del impuesto municipal no tiene ninguna motivación técnica o de preocupación por las municipalidades, sino estrictamente ideológica. No es cierto, como quieren decir sus representantes legales, que va contra la ley eso de crear fondos y destinar parte de los tributos a otros fines. Es lo que se llama ingreso parafiscal, que está perfectamente legitimado por el  artículo 74 de la Constitución y la sentencia del Tribunal Constitucional del 2004 que establece que “el Estado puede promover las manifestaciones culturales, legítimamente, mediante el ejercicio de la potestad tributaria; por cuanto que los fines económico, sociales, políticos y culturales son también objetivos a cumplir con la imposición de tributos o con su exoneración.” Fondos con tributos parafiscales hay varios vigentes en la actualidad, como el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional que se financia con un tributo en los pasajes de avión para vuelos nacionales,  el Fondo de Inversión en Telecomunicaciones (FITEL) con un porcentaje del monto anual de facturación de los servicios portadores de comunicación, o el Fondo de Compensación Social Eléctrica, también con un recargo en la facturación por este servicio, entre otros ejemplos. Y recordemos asimismo la Ley Nº 27153, que recaba recursos directos de los juegos de casino y tragamonedas para financiar actividades del Instituto Peruano del Deporte (algo similar a lo que sucede en la patria del liberalismo, el Reino Unido, donde la cultura se gestiona con fondos de la loteria nacional)

La verdadera razón entonces porque se han opuesto y oponen a esta posibilidad los funcionarios del MEF es por puro dogmatismo neoliberal,  para que no se establezca precedente, y cunda el posible ejemplo en otros sectores. Hace unos años, cuando se discutía el anterior proyecto de cine, una alta funcionaria de ese portafolio admitió que su oposición a esta medida era más de principios que legal o siquiera técnica, por su negativa a lo que llamaba impuestos dirigidos. Y reconoció que si una autoridad superior a ellos establecía su aplicación, solo les quedaba acatarla como ha sido con otras medidas. El problema es que esa autoridad con pantalones y visión de cultura no la hemos tenido ni la tenemos en el poder, y esa es la causa porque estamos como estamos. Por eso, como lo hemos dicho en otras oportunidades, sin una voluntad política al más alto nivel, la cultura seguirá siendo la última rueda del coche.

En buena cuenta, y por defender su ortodoxia de libre mercado y no intervención estatal, los aprendices de “Chicago Boys” han terminado proponiendo triplicar el presupuesto del sector con dinero de las arcas fiscales, lo que en principio puede sonar atractivo pero ya sabemos que es enormemente frágil y va a depender de su buena voluntad y la disponibilidad de dineros cada año, porque la propia experiencia de la actual ley lo ha demostrado, se puede incumplir esta asignación y no pasa nada. Lo más paradójico es la furibunda reacción de sus mismos colegas ideológicos en los medios, recordando las siempre incumplidas urgencias presupuestarias en el país, y la falta de dinero para apoyar a otras actividades, incluso culturales, y de las que ahora recién se acuerdan. Todo sea por la ortodoxia.