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lunes, 2 de octubre de 2017

¿Volver al futuro?


Por Christian Wiener Fresco 

Muchos creen que la primera ley de cine en el Perú fue el Decreto Ley 19327 que se promulgó en marzo de 1972, durante el gobierno militar de Juan Velasco Alvarado, y que Ricardo Bedoya calificó como el “bing bang” de la cinematografía nacional.  La verdad es que no y José Perla, estudioso del tema, ha documentado varias normas que desde el año 1944 existieron para fomentar al cine peruano (también hubo profusa legislación sobre regulación del negocio, censura, tributación y otros asuntos concomitantes) centradas en estímulos fiscales a la difusión de los noticieros y documentales que se proyectaban al inicio de las funciones. Lo que no dejaba de tener su explicación política, porque muchas de estas filmaciones eran loas a los gobiernos de turno y sus obras en tiempos en que todavía no había televisión. 


Los legisladores de entonces creyeron de buena fe, pero también ingenuamente, que para sacar adelante a un cine casi inexistente y poder competir con lo foráneo, bastaba con darle recursos, que en este caso provendrían del impuesto municipal, que era el único tributo conque entonces se gravaban las entradas a las salas de cine. No se preocuparon si se lograban estrenar esas películas en un mercado totalmente monopolizado por el cine hollywoodense, ni por cómo se producirían sin contar con personal técnico y artístico, así como equipo profesional, y ni siquiera de donde sacarían capital económico los productores locales para aventurarse a hacerlas en un mercado tan incierto.

La peor omisión fue sin embargo no definir que era una película peruana, y cuáles eran los requisitos mínimos para considerarla como tal. La Ley solo hacía mención a que debía ser producida por una empresa nacional, pero nada sobre la nacionalidad del director, ni de los actores o técnicos de la misma, o cuando menos el idioma. Tal vez supusieron que eso podría ser precisado en el Reglamento, pero se olvidaron que no podía ir más allá de lo que la ley establece.  Como señala Bedoya en su libro ‘100 años de cine en el Perú’: esta ley “olvidaba definir con nitidez a sus beneficiarios. La mención a la nacionalidad de las empresas productoras no iba acompañada de precisiones acerca de las proporciones del componente peruano requerido para gozar de los incentivos. Ello trajo consecuencias diversas, y hasta contrarias, a las deseadas por el legislador.” 

Quienes aprovecharon esta nueva ley y sus incentivos fueron los productores extranjeros de países de la región con mayor experiencia cinematográfica y una industria consolidada, aunque en decadencia, que vinieron a hacer su Perú con “coproducciones” donde ellos tenían siempre las mejores ventajas y los títulos estelares, mientras los peruanos solo aportaban algunos figurantes, locaciones y uno que otro técnico para labores de asistencia. Parecía en realidad una Film Commission, que hubiera estado muy bien de manera complementaria a nuestra propia producción, pero lamentablemente está no existió, con la solitaria excepción de Armando Robles Godoy, que hizo sus tres primeras y singulares películas en esos años.



Productores mexicanos, relacionados con la distribuidora local Eduardo Ibarra, encontraron la oportunidad de ganarse alguito con estas exoneraciones tributarias y realizaron películas como ‘Operación ñongos’ (estrenada en México como ‘Un gallo con espolones’), ‘A la sombra del sol’, ‘Bromas S.A.’, ‘Pasión oculta’, ‘Las sicodélicas’ o ‘El tesoro de Atahualpa’ que repetían las fórmulas comerciales de melodramas o comedias mexicanas con algunas presencias locales de la televisión y uno que otro escenario nacional como escenografía exótica. Tampoco los argentinos se quedaron atrás, y aunque no de una manera tan intensa, se hicieron películas como ‘Intimidad en los parques’, ‘Taita Cristo’ (basada en la novela de Eleodoro Vargas Vicuña y que tuvo que sortear la censura de la época para no dar una mala imagen del país) y ‘Mi secretaria está loca, loca, loca’. Eso, y algunas producciones con figuras televisivas de vergonzosa recordación fue a lo que se redujo la casi totalidad de la producción cinematográfica en el país en los movidos 60.   

De todo esto surgió algo bueno, porque las nuevas generaciones que se iban forjando de productores, realizadores, técnicos, actores y gestores culturales peruanos, preocupados por el fin de los incentivos tributarios, pero más aún que se siguiera en la misma dinámica sin mayores perspectivas para poder contar con una industria propia, comenzaron a propiciar desde 1967 en la Sociedad Peruana de Cinematografía, la dación de una nueva Ley de Cinematografía que resolviera muchos de los vacíos y carencias de la anterior. Para eso llevaron un texto al Congreso donde empezaron a debatirla pero el golpe militar de octubre del 68 lo interrumpió. Siguieron insistiendo con el gobierno de Velasco y finalmente fue promulgada cuatro años después el Decreto ley 19327 o Ley de Fomento a la Industria Cinematográfica.

Se ha escrito mucho sobre esta ley y lo que representó para el cine peruano durante sus veinte años de vigencia. Como es conocido, ella estableció la exhibición obligatoria para cortos y largometrajes peruanos, destinando los recursos del impuesto a la taquilla para los productores peruanos. Pero el detalle fue que ahora si se precisó los alcances de lo que se llamaba “obra cinematográfica peruana”, la misma que debía contemplar además de la empresa, al director, el autor o guionista y un porcentaje de técnicos y actores nacionales no menor al 80% y con remuneraciones que en conjunto no sean menos del 60% del total de la planilla, además de que sea hablada en castellano, quechua u otra lengua originaria, y que se filme predominantemente en territorio peruano (cabe mencionar que la acepción de nacional se extendía a los extranjeros con más de tres años de residencia ininterrumpida en el país). Esta norma no era restrictiva a la participación del capital extranjero porque en el artículo siguiente se abría la posibilidad de extender los beneficios al régimen de coproducción. Este criterio se mantuvo incólume todo el tiempo de vida de la Ley, y se extendió a su sucesora, la 26370 dada en el gobierno de Fujimori en 1994, que en su artículo 3 repite en lo esencial lo mencionado en la anterior, con la excepción del señalamiento al territorio nacional.

Ahora sin embargo vemos que en el nuevo proyecto de ley de cinematografía y el audiovisual que el Ejecutivo ha remitido al Parlamento se vuelve a reducir las especificaciones para considerar una película como peruana, conservándose lo de la empresa y el director pero dejando en el acápite sobre técnicos y actores solo la palabra mayoritariamente, y sin ninguna mención a sus remuneraciones, y la prescindencia del tema del idioma. Algunos han querido defender estos cambios como una supuesta necesidad de modernizarse y adaptarse a la globalización del cine peruano, pero parecen desconocer que las mencionadas leyes siempre contemplaron la figura de la coproducción, y que se sepa, ningún proyecto con apoyo internacional se ha impedido de realizarse o estrenarse en el Perú por este motivo en todos estos años. Más bien lo que sí podría dar lugar estas modificaciones es a una precarización de la producción, con practicantes y estudiantes a bajo costo para cumplir la cuota mayoritaria, o rellenarla de figurantes para dar la impresión de nacional como en los años 60. Como bien señala Emilio Bustamante: “la laxitud en las consideraciones de qué es una película peruana en sus primeros artículos y reducirse, respecto a la norma actual, el porcentaje mínimo de técnicos nacionales en las producciones.  Con ese criterio se estaría abriendo las puertas a la producción, con subsidios del Estado, de empresas extranjeras vinculadas a las Majors. No estaría de más revisar (para prevenir desengaños) el modelo de producción “nacional” que se hallaba implícito en la abortada Ley Raffo, que expresaba en varios aspectos los intereses de las distribuidoras vinculadas a las Majors de crear un cine “nacional” bajo su supervisión y subsidio.”              

Mucha cuidado entonces sobre lo que se legisla, y recordemos ese viejo dicho de que los pueblos que no conocen su historia, están condenados a repetirla. 

PD.- Es cierto que en este punto el proyecto avanza en ampliar los beneficios a las personas naturales y no solo empresas, así como en facilitar la posibilidad de las coproducciones con el Perú como país minoritario. Pero nada de ello hacia necesario ni justificaba la modificación de los porcentajes mínimos de técnicos y artistas, así como de sus remuneraciones como se propone en esta versión.

martes, 26 de noviembre de 2013

Cuando el cine era una fiesta: la producción peruana de la Ley 19327

por Christian Wiener*


Se dice, con razón, que una ley de cine no hace películas. Pero también es cierto que sin una legislación que promueva la actividad, resulta muy difícil llevarlas a cabo y estrenarlas, en especial en países de tan poca tradición y  desarrollo en la materia como el Perú. Una buena prueba de ello es lo que da cuenta este libro, pues hasta antes de la dación del Decreto ley Nº 19327, conocido también como Ley de Fomento de la Industria Cinematográfica, la producción fílmica en nuestro país era casi un páramo, con algunas  honrosas excepciones personales, como el afán pionero y desusado de Armando Robles Godoy, la vocación de registro cultural andino de la llamada “Escuela del Cusco” y algún que otro sobreviviente de la época primigenia y dorada del cine nacional, cuando se pensaba que las películas peruanas eran capaces de competir en el mercado latinoamericano con los florecientes cines argentino y mejicano.


Como consecuencia de la norma, se empezaron a producir películas de cortometraje y largometraje que permitieron la aparición gradual y experticia profesional de decenas de realizadores, productores, equipo técnico, además de  actores y actrices, en un país carente de escuelas de cine y de una mínima infraestructura industrial en este campo. La 19327 facilitó, además, el acceso del cine peruano a las salas comerciales, tradicionalmente reacias a su difusión, y que la imágenes del Perú y los peruanos se confronten permanentemente con su público natural, lo que no estuvo carente de resquemores, pero que logró convocar en 20 años de vigencia, a un importante y continuo segmento de espectadores, al punto que no pocas películas acogidas a esta Ley resultaron grandes sucesos de taquilla en su momento.

La ley fue promulgada por el gobierno militar que presidía el General Juan Velasco Alvarado, y sobrevivió a los gobiernos del General Francisco Morales Bermúdez, Fernando Belaúnde Terry, Alan García Pérez y los dos primeros años de Alberto Fujimori. Su iniciativa correspondió a un grupo de productores y cineastas, que propusieron al Congreso de 1967 la aprobación de una ley de promoción al cine nacional; la que por fin se concretó 4 años después, enmarcándose dentro de la política del régimen castrense de protección a la industria peruana, consolidación de la identidad nacional e intervención en los medios de comunicación masiva.

Los principales beneficios de esta legislación fue la creación del sistema de exhibición obligatoria  para las películas nacionales de largo y cortometraje, calificadas por la Comisión de Promoción Cinematográfica (COPROCI), dependencia formada por representantes de diversas instancias del Estado. El otro incentivo fue el tributario, con la deducción en todo o en parte del impuesto de destino municipal a las entradas de cine, en beneficio de las empresas productoras peruanas, así como exoneraciones para la importación y exportación de equipos y copias de películas.  Lo que se buscaba era garantizar el acceso de la cinematografía peruana a un mercado fuertemente dominado por la producción foránea, promoviendo la formación de nuevos productores, realizadores, técnicos y artistas, y el establecimiento de una mínima base industrial, con la  producción intensiva de cortometrajes.

Por supuesto que el dispositivo legal tuvo también sus detractores, siendo los principales, las empresas de exhibición y distribución, las cuales apelaron al entonces vicepresidente de la Motion Pictures Association (MPAA) –consorcio que reúne a todas las grandes productoras norteamericanas- para evitar su promulgación, aunque sin mayores resultados. Su principal objeción fue la “obligatoriedad” de la exhibición, que consideraban atentatorio a la libertad de comercio, lo que se tradujo en frecuentes fricciones con las empresas productoras a la hora del estreno. Tal vez ese sea el origen de la leyenda negra que se tendió sobre la ley, presentándola como norma proteccionista, contrapuesta a los espectadores, que la rechazaban masivamente, lo que no fue cierto en la mayoría de los casos.  

Es cierto que la 19327 tuvo carencias y limitaciones propias de su tiempo, y no fue ajena, como otras disposiciones, al uso aprovechado e inescrupuloso de quienes no le interesaba el cine, buscando hacer negocio fácil y rentable, especialmente en los primeros años que se contaba con una COPROCI complaciente y burocrática, sin mayor conocimiento del séptimo arte, lo que fue cambiando, para bien, al modificarse en años posteriores su composición. Tampoco se previó que el otrora exitoso negocio del cine, entretenimiento popular por excelencia, entrara en un grave deterioro en la década de los años 80, con los apagones, la crisis económica, y el cierre de salas, que llevaron a reducir significativamente el ingreso para las películas y la posibilidad de capitalización para seguir produciendo, indispensable en un mercado carente de fuentes de financiamiento para este fin.   

Pero pese a todo, ahí están los resultados numéricos de la Ley: 1254 películas aprobadas en 20 años por COPROCI, de las cuales el 76% fueron cortometrajes y 4%  largometrajes, producidas por 207 empresas. Y en lo cualitativo, las decenas de reconocimientos y premios obtenidos por las películas nacionales en muestras y festivales de todo el mundo, colocando por primera vez el nombre del Perú en la vitrina de los grandes eventos cinematográficos internacionales. Todo lo cual se terminó abruptamente en las fiestas navideñas, de 1992, cuando el gobierno de Alberto Fujimori, con su ministro de Economía Carlos Boloña, liquidaron de facto la 19327 con el Decreto Ley 25988, denominada Ley de Racionalización del Sistema Tributario Nacional y de Eliminación de Privilegios y Sobrecostos, que en su artículo 4, inciso g) derogaba los artículos principales que habían impulsado la producción y exhibición del cine nacional.
 
Han pasado cuarenta años de la promulgación del Decreto Ley 19327, y ya es tiempo suficiente como para avanzar a un juicio más equilibrado y sereno de cuanto y como influyó esta medida en el desarrollo de la cinematografía peruana. Para ello, será indispensable recurrir a este libro, cuyo título,  “Cuando el cine era una fiesta” es casi una profesión de fe y convicción de lo que significaba hacer películas en esos años heroicos que se construían los cimientos de la producción nacional, y el público aprendía a reconocerse en sus propias imágenes y sonidos.

Es gracias a Nelson García Miranda, realizador, crítico y promotor cinematográfico de larga data,  que tenemos a la mano este libro con una amplia información estadística y fichas minuciosas y reveladoras sobre las películas, con las empresas y trabajadores que lo hicieron posible, producidas y exhibidas en el Perú entre los años 1973 y 1992.  Soy testigo del incansable trabajo de Nelson por llevar adelante este texto desde la segunda mitad de la década de los 80 allá en IPAL, y todos los avatares que ha debido soportar en todos estos años por materializarlo, con diversas ofertas y promotores frustrados, más aún cuando era casi tabú hablar sobre la 19327, y no faltaban cineastas forjados en esos tiempos que preferían negar su pasado, cuando se creía que la ley posterior, la 26370 dictada por Fujimori, era la panacea, lo que no fue así, como su desarrollo y aplicación lo demostró reiteradamente.


Es gracias a la información y  aportes de los cineastas e investigadores, pero sobre todo al trabajo de recopilación de hormiga de Nelson, y su encomiable paciencia y terquedad para revisar los archivos periodísticos y de la COPROCI, que el libro se hace a la luz, tras mil y una vicisitudes que parecen extraídas de una larga saga de “thriller” que, por suerte, esta vez tuvo un final feliz. Hay que saludar el esfuerzo tesonero del autor, en un país de abandonos prematuros, y agradecer también la colaboración para este propósito, entre otros, de Francisco Adrianzén para animar su publicación, Violeta Nuñez en la corrección, cuidado y edición del material y el Grupo Chasqui en su publicación.  Ojalá que este libro sea óbice también para recuperar gran parte de las películas mencionadas, que se encuentran pérdidas, olvidadas o abandonadas a lo largo y ancho del país, y que resultan tan necesarias para reconstruir nuestra todavía incipiente memoria audiovisual.  Sería el mejor homenaje para este gran esfuerzo editorial. 

* Texto incluido en la introducción del libro "Cuando el cine peruano era una fiesta: la producción de la Ley 19327" de Nelson García Miranda (publicado con el apoyo del grupo Chaski. Lima - 2013).