miércoles, 18 de noviembre de 2015

Tres simples proposiciones para mejorar los concursos de cine



Ingresando ya a la recta final del gobierno de Humala, es inevitable revisar lo que se ha avanzado y  lo que se podría haberse hecho, y no se quiso o pudo. Hay muchos temas y áreas, y solo en el campo de la cultura varios puntos y enfoques que replantearse. Pero en ese caso me limitare solo al área del cine, donde innegablemente hubo avances pero también frustraciones, lo que ha dejado un sinsabor a muchos, aunque no falten tampoco los que se consideran más que satisfechos con la situación actual. 

Sin duda el gran tema pendiente es el de la nueva Ley, luego de decenas de intentos frustrados, el último de los cuales fue impulsado por el propio Ministerio de Cultura, aunque luego desestimado ante la previsible negativa del MEF. Se perdió una gran oportunidad de colocarnos al nivel de otras cinematografías de la región, no solo en producción de películas sino en desarrollo de todo el área audiovisual en su conjunto, pero la estrechez de mira y ortodoxia  neoliberal de los funcionarios que realmente dirigen el país desde el control de la economía y las finanzas, impidió siquiera que el texto llegue al Congreso y sea debatido como corresponde.

En lo que respecta a la Ley vigente, la 26370, si hay evidentes mejoras. La primera, obvio, es que por fin el Ejecutivo está cumpliendo con asignar el presupuesto que mandataba la Ley, y que en los quince años anteriores se escamoteo esa obligación legal. Eso fue posible también gracias a la aprobación de la Ley  29919, que modifica y adecua la norma a los cambios tecnológicos de los últimos años, lo que ha permitido además la consolidación de diversas modalidades de concursos por parte de la  Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios (DAFO) del Ministerio  de Cultura.

La gran oportunidad que tuvo el Ministerio para ordenar estas convocatorias fue desaprovechadacon la dación de la Resolución Ministerial Nº 206-2013-MC en julio del 2013, que a modo de reglamento pudo fijar los criterios básicos, generales y comunes a todos los concursos cinematográficos a convocarse por el Ministerio de Cultura, para evitar los cambios de las reglas del juego y sus requisitos de concurso a concurso, y de año a año. Pero no se hizo, prefiriéndose las generalidades e insistir en que cada concurso tenga sus propias particularidades.

Con todo, hay que reconocer que la realización de los concursos en los últimos años ha sido más regular, ordenada, y con mayores evidencias de imparcialidad que en los tiempos del CONACINE, donde se confundía no pocas veces la función directriz con los intereses particulares. Eso ha significado que los resultados de los últimos concursos sean menos cuestionados (aunque siempre habrá insatisfechos) y que la confianza en los convocantes sea mayor y más constante que antaño.

Sin embargo, los resultados y todo el proceso de los concursos no han estado exentos de algunos cuestionamientos validos por casos puntuales pero que los convocantes deberían estar atentos para no volver a incurrirlos para evitar cualquier sombra de duda en los procedimientos empleados. En ese sentido, me permito alcanzar sugerencia sobre tres aspectos concretos cuya solución no implica ni modificar la Ley o reglamento, sino un poco de buena voluntad y criterio de los organizadores. 

MAYOR TRANSPARENCIA EN LOS CONCURSOS 

El primero está en relación a la admisión o no a concurso. Como es conocido, este año un
realizador que ha trabajado en el extranjero apareció entre los ganadores del concurso para promocionar cine regional. ¿Es eso ilegal? Como están establecidas las bases, que plantean como único requisito la ubicación legal de la empresa, no, pero cuando menos se ve bastante mal, ya que se supone que el objetivo de esa convocatoria era promover la realización y desarrollo de la cinematografía en las diferentes regiones del país. En tal sentido, y para cautelar que ese objetivo no se pierda (que al fin de cuentas es más importante que las formalidades burocráticas) ¿por qué no aplicar las mismas reglas que se establecen para las películas peruanas, y que están señaladas en la propia Ley 26370? Es decir que se califica como película peruana (o en este caso de determinada región) la producida por empresa del lugar pero que además incluya al director. Es más, la Ley fija también porcentajes de técnicos y artistas que también podrían aplicarse. ¿O lo que es válido para lo máximo no lo debe ser también para lo mínimo?

Un segundo aspecto es referente al llamado “pitching” o presentación verbal, que es un mecanismo para que el Jurado conozca en directo y con la presencia de los propios directores y productores, los proyectos finalistas, su sustento y claridad y capacidad para explicarlos en un breve tiempo, y responder las interrogantes del Jurado. Es una buena solución, a falta de otras, para que la decisión final no se quede en meros papeles, que pueden aguantar cualquier cosa, sino que se confronten con los propios interesados. Pero, y aquí surge una primera interrogante, ¿por qué solo algunos concursos y no todos hacen uso de pitching? Se entiende que en los que son de obras terminadas ya resultan innecesarios, porque ella debe hablar por sí sola, pero en los demás ¿por qué esa selectividad? Lo justo debe ser aplicar un rasero común en todos los concursos.

Adicionalmente, y como un tema logístico pero practico, sería muy conveniente que todos los pitching fueran grabados y transmitidos en directo, y que puedan ser visualizados por la página web del Ministerio (así como otras actividades que organiza el Ministerio). Con ello se haría una labor pedagógica para futuros concursantes, facilitaría conocer y evaluar el conocimiento y desempeño de los miembros del Jurado, y la participación de los concursantes, evitando con la mayor transparencia y accesibilidad que los concursos que determinan el destino de los fondos públicos puedan ser después invalidados por algún mal perdedor amparándose en los secretos y susceptibilidades de su presentación (véase al respecto que instituciones como el CNM transmiten íntegramente sus audiencias para designar jueces y fiscales).

Por último, y no menos importante, ¿no se podría establecer una tabla de criterios y puntajes de calificación para los integrantes de los Jurado? Es cierto que su trabajo debe ser libre y autónomo, pero eso no significa que no se pueda establecer, como en cualquier concurso, aspectos centrales que deben observar y que estén explícitos en la convocatoria pública, para que no se termine argumentando cosas que no figuraban en las bases, pero que a juicio de los jurados supuestamente debía tener las obras ganadoras. La elaboración de esa tabla como la que se usan en los procesos de nombramiento o licitación no implica que se niegue el carácter subjetivo de toda decisión sobre calidad, pero cuando menos obligará a quienes las suscriben a ser más precisos y claros de las razones que los motivan a la hora de sustentar sus decisiones.

No olvidemos que no se tratan de los juegos florales de un colegio o una convocatoria particular, sino la que realiza el Estado con un presupuesto de más de siete millones de soles al año –sujeta por tanto al veredicto público- y que compromete incluso a personas del extranjero para que participen de ella, lo que ha garantizado mayor transparencia e independencia a sus decisiones. Pero siempre se puede mejorar, y para el bien de todos, es por lo que lanzamos estas propuestas por esta vía, a falta de debate y participación de los gremios existentes al respecto.