martes, 4 de junio de 2019

Con la censura no se transa



por Christian Wiener Fresco

En los últimos días,  el país vive una grave crisis política, cuyo epicentro es el actual Congreso cada vez más deslegitimado y envuelto en escándalos, lo que ha significado la postergación de varios temas en debate y pendientes de votación como el del proyecto de Ley de Promoción de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual, aprobada en primera votación del 8 de mayo del 2019. En estos días se señalaron varios puntos críticos al texto sustitutorio final que se sometió a votación, y en especial los últimos agregados al dictamen aprobado en la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural. ¿Los congresistas que votaron de buena fe por este proyecto lo conocían en todos sus detalles y con sus cambios, o sólo lo que se planteaba de manera genérica en el debate? Planteo esta interrogante porque parecieran no haberse dado cuenta la existencia de un párrafo censor contrabandeado en los articulados, y que contraviene de forma clara e indubitable la Constitución.






 Esto significa que ninguna obra puede ser segregada o impedida de participar de los beneficios con dinero público que otorga esta Ley solo porque algún funcionario considere a su criterio que “vulnera o no respeta el ordenamiento jurídico peruano”, así tan vago y difuso como suena. Si la obra resultante alguna persona considera que contraviene la Ley y sus derechos, siempre existirán los mecanismos legales para interponer una demanda de quienes se puedan sentirse agraviados. Pero lo que es inaceptable, bajo todo punto de vista, es que se consagre la censura previa, el bloqueo anticipado en una ley que se supone debe promover la cultura y la libertad como principio.






Pienso en algunos títulos recientes que podrían haber sido víctimas de esta interpretación antojadiza, como “Sin vagina me marginan“ de Wesley Verastegui, en relación a una chica trans que busca dinero para su operación; “Hija de la laguna” de Ernesto Cabellos, sobre la lucha de las campesinas en Cajamarca para cuidar sus lagunas ante la mayor empresa minera, Yanacocha; o “Alías Alejandro” de Alejandro Cárdenas, que relata su viaje de Suecia al Perú para conocer a su padre, Peter Cárdenas, uno de los principales líderes del MRTA, entonces preso. Y siendo más amplios, incluso títulos como “La teta asustada”, “La última tarde”, “Rosa Chumbe”, “Retablo” y hasta “Magallanes” del actual primer ministro, podrían ser consideradas como vulneradoras o irrespetuosas del “ordenamiento jurídico peruano”




Llama por eso la atención el silencio de los gremios de cine al respecto, y espero que no sean los innegables beneficios económicos que significa esta nueva Ley los que justifiquen vulnerar principios básicos como la libertad de expresión. Incluso los cineastas regionales que se pronunciaron por el inconsulto cambio en el porcentaje para las regiones del presupuesto asignado, pero callando lo del párrafo censor. Solo algunos críticos, cineastas y gente de la cultura han mostrado su disconformidad por la forma como se ha llevado todo este proceso de la Ley, manifestando su preocupación por este párrafo insólito en una legislación de promoción al cine.  



A todo esto ¿qué tiene que decir el Ministerio de Cultura? Las explicaciones verbales dadas por la DAFO son confusas e inexactas, porque si se trata de una cláusula supuestamente demandada por el MEF para impedir la participación de empresas y cineastas que hayan actuado contra la Ley y el reglamento, ¿por qué se habla de obras y no de personas? Existe además en la norma, como ya se ha mencionado, un régimen de fiscalización y sanciones donde hubiera correspondido ese artículo, y no en la parte de definiciones de lo que se considera una obra peruana para efectos de esta Ley. Además, ¿qué tendría que ver el “ordenamiento jurídico peruano” con un asunto meramente operativo?. Lo que corresponde, si se considera que no hay nada oscuro ni que contraviene la Constitución, es que el Ministerio de Cultura sustente por escrito ante el Congreso las modificaciones que se realizaron al dictamen en el cuarto de intermedio (incluyendo el cambio del porcentaje a las regiones, y la mención explícita de la Dirección de Industrias Culturales y Artes en varios artículos).  Solo se así se podrá discutir y votar con conocimiento de causa y de forma transparente una nueva ley.



 Si, la nueva Ley de Cine es importante y necesaria. Pero no a cualquier precio, mucho menos al precio de renunciar a la libertad de expresión.          

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