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domingo, 15 de diciembre de 2019

Preguntas sobre el Decreto Petrozzi


Por Christian Wiener Fresco 

¿Hubo falsedades en las críticas a todo el proceso impulsado por el Ministerio de Cultura para la Ley de Cine que desembocó finalmente en el Decreto Petrozzi de promoción cinematográfica, promulgado como DU el 8 de diciembre?  Una reciente comunicación a los gremios de cine de la Dirección de Audiovisuales, Fonografía y Nuevos Medios del Ministerio de Cultura menciona que sobre este dispositivo, y el propio accionar de la DAFO en relación a la entrega de los estímulos económicos, estarían circulando informaciones en las redes “incorrecta, inexacta o abiertamente falsa”. Pero no presentan ninguna muestra o evidencia de esas afirmaciones. Por supuesto, desde un puesto de poder siempre es posible descalificar las objeciones y cuestionamientos, etiquetándolas de manera general, pero sin aclarar ni responder los temas puntuales, como debe ser la labor de un funcionario público en el marco de la transparencia de su gestión. Y aunque se sientan por encima de las redes sociales, a la que no responden pero si usan para promocionar sus eventos, desde aquí, sin animos de cuestionar la necesidad de una Ley de Cinematografía que siempre hemos defendido, nos volvemos aformular preguntas claves sobre temas de fondo de este accidentado proceso legal, que no han tenido respuesta claras a nivel oficial, sin caer en subjetividades o ataques personales, como si fue frecuente por parte de los defensores de la Ley, que han llegado a calificarnos de “terroristas ideológicos” por expresar nuestras observaciones.  

1) ¿Por qué se incluyó una clausula censora en el proyecto sustitutorio aprobado en primera instancia en el  Congreso? ¿Cómo pensaban determinar que obras (no personas)  “no respeten el ordenamiento jurídico peruano y el reglamento de la ley”? Y finalmente, ¿por qué se retiró el artículo en el Decreto de Urgencia? ¿No que se trataba de una exigencia del MEF para el uso correcto de los recursos, como se afirmó en varias ocasiones?

2) ¿No es cierto que el texto sustitutorio en el Congreso, y que sirve de base al DU,  modificó el dictamen aprobado en la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural del propio legislativo en relación al porcentaje del presupuesto anual para el cine regional del 40 por ciento a un “entre 30 y 40%”? ¿Quiénes decidieron el cambio, dónde lo votaron y como se sustentó?

3) ¿Cuál es el motivo de hacer mención explícita a  la Dirección General de Industrias Culturales y Artes “o la que haga de sus veces” en varios artículos del DU referidos a la entrega de estímulos directos o indirectos, aceptación de donaciones o aprobación de apoyos económicos? ¿No bastaba con señalar al Ministerio de Cultura como entidad rectora, y no una dirección de línea de la institución? En todo caso, ¿no correspondía esa especificación al Reglamento y no al cuerpo general legal? Cuidado, que se está concentrando demasiadas responsabilidades, decisiones y poder en un solo funcionario, respaldado por un presupuesto de más de veinte millones de soles para ser asignados, algunos de los cuales sin pasar siquiera por el filtro de jurados.  

4) ¿Por qué el pretendido incentivo a las coproducciones se traduce en una reducción drástica del porcentaje exigido de actores y técnicos peruanos para ser considerada como película nacional? ¿No existía en la ley anterior también la posibilidad de exceptuar esos requisitos en los casos de coproducciones internacionales debidamente registradas? Adicionalmente se suprimió la mención sobre las remuneraciones de la producción para los trabajadores artísticos y técnicos nacionales no podían ser inferiores al 60% del total de la planilla pagada por este concepto.  Ahora no se menciona nada. ¿Para asegurar obra de mano más barata y disponer de practicantes en vez de trabajadores calificados para rebajar costos?

5) ¿A qué se debe la modificación de los artículos concernientes al régimen de incentivos fiscales para la promoción de la actividad cinematográfica? ¿Por qué se reduce la posibilidad de acceder al beneficio de deducción como gasto para la determinación del impuesto a la renta hasta un 10% a las asociaciones sin fines de lucro cuyo instrumento de constitución comprenda exclusivamente fines culturales? ¿No reduce esta modificación de manera sustancial las posibilidades de convocar aportantes, al punto de hacerlo casi irrelevante?  Además, y por otro lado ¿No es que los asuntos de carácter tributario, como es este punto, solo pueden ser abordados por leyes y decretos legislativos establecidos, no por decretos de urgencia (artículo 74 de la Constitución)?     

6) ¿Cuál es la data estadística que sustente el sexto párrafo de los considerados del DU que en el
2019 “la actividad cinematográfica y audiovisual ha presentado una desaceleración en su crecimiento y desarrollo”? ¿No es que estos dos últimos años, con el aumento del presupuesto para los concursos, hubo mayor cantidad de proyectos y obras premiadas en distintos rubros? Adicionalmente, en el mismo párrafo  se menciona que esta presunta desaceleración pone en riesgo “la circulación e inserción de obras cinematográficas y audiovisuales en el mercado nacional”. ¿Es la menor cantidad de obras o el monopolio de la distribución hollywoodense lo que impide la circulación e inserción de las películas peruanas en las salas de cine? ¿Cómo superar esta situación desventajosa que se evidenció en las últimas semanas con varios estrenos nacionales, si no se quiere considerar la cuota de pantalla o el mínimo de mantenimiento para asegurar su estreno y continuidad en cartelera? ¿Acaso se cree que el  contrato que se propone, que no puede ser obligatorio por Ley, y que además no se daría  entre iguales, puede modificar esta situación?

7) ¿Cómo se puede decir en otro de los considerados que uno de los objetivos de esta Ley es atender la preservación del patrimonio audiovisual y no considerar de manera seria la creación de la Cinemateca Peruana? ¿Basta ponerle el nombre de “Cinemateca Peruana” a los archivos actuales del Ministerio de Cultura para garantizar su creación, sin dotarlo de autonomía, organización y presupuesto básico? ¿En qué queda el proyecto de creación de la Cinemateca Peruana en Cusco que era considerado emblemático por este mismo gobierno con cara a a las celebraciones por el bicentenario de la independencia (Decreto Supremo N°009-2018-MC)?   

Estas son algunas de las interrogantes y contradicciones flagrantes que hasta el momento no tienen respuestas satisfactorias por parte de las autoridades del sector. Esperemos que el lunes 23 de diciembre, que han convocado en el Ministerio de Cultura a una reunión explicativa con asistencia limitada y visos navideños puedan absolver algunas de ellas, pero mucho más importante sería que lo hagan por escrito y de manera formal, que es lo que corresponde a todo organismo público.

martes, 4 de junio de 2019

Con la censura no se transa



por Christian Wiener Fresco

En los últimos días,  el país vive una grave crisis política, cuyo epicentro es el actual Congreso cada vez más deslegitimado y envuelto en escándalos, lo que ha significado la postergación de varios temas en debate y pendientes de votación como el del proyecto de Ley de Promoción de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual, aprobada en primera votación del 8 de mayo del 2019. En estos días se señalaron varios puntos críticos al texto sustitutorio final que se sometió a votación, y en especial los últimos agregados al dictamen aprobado en la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural. ¿Los congresistas que votaron de buena fe por este proyecto lo conocían en todos sus detalles y con sus cambios, o sólo lo que se planteaba de manera genérica en el debate? Planteo esta interrogante porque parecieran no haberse dado cuenta la existencia de un párrafo censor contrabandeado en los articulados, y que contraviene de forma clara e indubitable la Constitución.






 Esto significa que ninguna obra puede ser segregada o impedida de participar de los beneficios con dinero público que otorga esta Ley solo porque algún funcionario considere a su criterio que “vulnera o no respeta el ordenamiento jurídico peruano”, así tan vago y difuso como suena. Si la obra resultante alguna persona considera que contraviene la Ley y sus derechos, siempre existirán los mecanismos legales para interponer una demanda de quienes se puedan sentirse agraviados. Pero lo que es inaceptable, bajo todo punto de vista, es que se consagre la censura previa, el bloqueo anticipado en una ley que se supone debe promover la cultura y la libertad como principio.






Pienso en algunos títulos recientes que podrían haber sido víctimas de esta interpretación antojadiza, como “Sin vagina me marginan“ de Wesley Verastegui, en relación a una chica trans que busca dinero para su operación; “Hija de la laguna” de Ernesto Cabellos, sobre la lucha de las campesinas en Cajamarca para cuidar sus lagunas ante la mayor empresa minera, Yanacocha; o “Alías Alejandro” de Alejandro Cárdenas, que relata su viaje de Suecia al Perú para conocer a su padre, Peter Cárdenas, uno de los principales líderes del MRTA, entonces preso. Y siendo más amplios, incluso títulos como “La teta asustada”, “La última tarde”, “Rosa Chumbe”, “Retablo” y hasta “Magallanes” del actual primer ministro, podrían ser consideradas como vulneradoras o irrespetuosas del “ordenamiento jurídico peruano”




Llama por eso la atención el silencio de los gremios de cine al respecto, y espero que no sean los innegables beneficios económicos que significa esta nueva Ley los que justifiquen vulnerar principios básicos como la libertad de expresión. Incluso los cineastas regionales que se pronunciaron por el inconsulto cambio en el porcentaje para las regiones del presupuesto asignado, pero callando lo del párrafo censor. Solo algunos críticos, cineastas y gente de la cultura han mostrado su disconformidad por la forma como se ha llevado todo este proceso de la Ley, manifestando su preocupación por este párrafo insólito en una legislación de promoción al cine.  



A todo esto ¿qué tiene que decir el Ministerio de Cultura? Las explicaciones verbales dadas por la DAFO son confusas e inexactas, porque si se trata de una cláusula supuestamente demandada por el MEF para impedir la participación de empresas y cineastas que hayan actuado contra la Ley y el reglamento, ¿por qué se habla de obras y no de personas? Existe además en la norma, como ya se ha mencionado, un régimen de fiscalización y sanciones donde hubiera correspondido ese artículo, y no en la parte de definiciones de lo que se considera una obra peruana para efectos de esta Ley. Además, ¿qué tendría que ver el “ordenamiento jurídico peruano” con un asunto meramente operativo?. Lo que corresponde, si se considera que no hay nada oscuro ni que contraviene la Constitución, es que el Ministerio de Cultura sustente por escrito ante el Congreso las modificaciones que se realizaron al dictamen en el cuarto de intermedio (incluyendo el cambio del porcentaje a las regiones, y la mención explícita de la Dirección de Industrias Culturales y Artes en varios artículos).  Solo se así se podrá discutir y votar con conocimiento de causa y de forma transparente una nueva ley.



 Si, la nueva Ley de Cine es importante y necesaria. Pero no a cualquier precio, mucho menos al precio de renunciar a la libertad de expresión.          

domingo, 15 de septiembre de 2013

El juego del monopolio

Por Christian Wiener Fresco

La reciente adquisición del 54% de las acciones del Grupo de la Empresa Periodística Nacional (EPENSA) por parte del Grupo El Comercio, viene provocando inquietud y malestar en la competencia periodística, sectores políticos y empresariales, y buena parte de la opinión pública. Y es que como ha sido señalado, con esta operación financiera, el grupo que lidera el viejo diario fundado en 1839 por el chileno Manuel Amunátegui y el argentino Alejandro Villota, y que luego fue adquirido por la familia Miró Quesada, pasa a controlar el 78% del total de la venta de diarios en el país, adquiriendo una posición de dominio casi monopólico en el mercado de la prensa escrita peruana.   

por el predominio monocorde de una posición ideológica en la prensa nacional, amenazando la independencia de los periodistas y “opinologos” (Ollanta dixit) que osen disentir del todopoderoso consorcio, y reduciendo drásticamente las opciones de acceso diferenciado para el gran público. Las implicancias del monopolio afecta también el manejo publicitario, que restringiría a un solo cliente la oferta de avisaje disponible, y le daría a sus directivos un gran poder de decisión (y veto) no solo en el campo político sino en (casi) todas las áreas, con todos los peligros y arbitrariedades que eso puede conllevar.


Sin embargo, y con todo lo preocupante que resulta esta movida, no es la única expresión de la creciente concentración de medios en el Perú. En la radio, por ejemplo, se han consolidado en esta década  los conglomerados del Grupo RPP  y la Corporación Radial del Perú que controlan en conjunto más del 60% del mercado de la radiodifusión en Lima (repartiéndose cerca del 80% de la torta publicitaria) 

Pero lo más grave se presenta en el campo de la televisión, donde a pesar de la precariedad de la mayoría de gestiones empresariales (con “broadcasters” descendientes de quienes se vendieron a Montesinos en los tiempos de Fujimori, o de administraciones poco claras que se cocinaron en los años posteriores) fueron beneficiados, gracias a la generosidad del ex ministro aprista  Enrique Cornejo, con la repartija de frecuencias para la televisión digital, a fin de consolidar y ampliar su actual dominio del espectro televisivo, todavía analógico.

Un proceso manejado con el mayor de los secretismos, sin ponerse a licitación pública la asignación,  como correspondía, y con el subterfugio eufemístico de “decisiones técnicas” (como la incorporación de la alta definición), cuando en realidad eran políticas, si es que no tenían también otras motivaciones.

Todo lo contrario de lo que se ha llevado a cabo en otras países como Brasil, Argentina, Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador, México, Uruguay o Venezuela, donde la discusión sobre el cambio a la televisión digital no se ha limitado solo al aspecto tecnológico entre especialistas, sino motivó un amplio debate político y social, con participación de la ciudadanía,  sobre el rol de los medios ante la posibilidad de apertura de más y mejores alternativas televisivas que ofrece este nuevo sistema. Como se decía en Brasil, no se trata de “más canales para O’Globo” (en referencia a la poderosa red mediática brasileña) sino de “más canales para competir con O’Globo”. Por esa razón, se promueve en estos países, además de los existentes, la incorporación de canales comunitarios, cooperativos y regionales para democratizar de manera efectiva la pantalla.

Estos debates también se han dado, con sus particulares características, en Europa, Japón, Canadá y hasta en los Estados Unidos,  donde una población activa y vigilante ha presionado a los congresistas para que resistan el lobby de las grandes empresas televisivas y publicitarias.

Pero en el Perú, el tema viene pasando casi desapercibido, porque ni a los medios beneficiados (entre los cuales también se encuentra el Grupo El Comercio) ni a los políticos, sea por conveniencia o temor, les conviene alterar el statu quo vigente. Y la inconsecuencia empieza por el propio Ejecutivo y su bancada legislativa, ya que en su plan de gobierno prometió una ley que estableciera “la conformación de un consejo público −con presencia de la sociedad civil− que se encargará de evaluar las concesiones del espectro radioeléctrico que incluyen a la radio y televisión digital”,garantizando una “distribución equitativa y plural de las frecuencias digitales”. En dos años de gobierno, empero, ni siquiera se ha hecho el intento de revisar lo actuado por su antecesor en ese campo.


La gran pregunta es ¿y quién le pone el cascabel al gato (del despensero)?


PD.- Esta semana ingresa a cartelera dos películas peruanas diferentes y exigentes, "El espacio entre las cosas" de Raúl del Busto y "Chicama" de Omar Forero, que recomendamos, no solo por su nacionalidad sino por su calidad y audacia para proponer otro tipo de cine en el país. Vayan a verla pronto, porque difícilmente duraran mucho en cartelera. Después no nos quejemos por la calidad de nuestras películas, o que estas tengan que buscar coartadas fáciles para llegar al público.