Por Christian Wiener F.
El
21 de junio se hizo público un nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº05-2013-MC suscrito por el Presidente de la República y el Ministro de Cultura.
El ROF es un documento de gestión de la administración pública indispensable, y
que da lugar a otros instrumentos como el Manual de Organización y Funciones
(MOF), el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), el Presupuesto Analítico de
Personal (PAP) y el Manual de Procedimientos (MAPRO); los mismos que se
encuentran pendientes de ser aprobados en el sector cultura.
De
todos ellos, el ROF es el más importante porque sirve para fijar la estructura
interna, organigrama y unidades operativas de la institución con sus
respectivas funciones, relaciones y atribuciones, en correspondencia a su norma
de creación y los lineamientos fijados por el Poder Ejecutivo y la Alta
Dirección del Ministerio en este caso. La estructura importa en una institución
pública o privada no solo por razones administrativas sino que define pesos y
prioridades de las instancias y unidades a nivel de toda la institución, lo que
va a traducirse en presupuesto, personal y capacidad de decisión, entre otros
asuntos centrales.
El anterior ROF del Ministerio de Cultura fue aprobado el 14 de mayo del 2011, por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC. Este documento dio de alguna manera forma
orgánica al recién creado Ministerio y formado sobre la base del antiguo
Instituto Nacional de Cultura (INC), con la fusión por absorción del Consejo
Nacional de Cinematografía (CONACINE), el Consejo Nacional de Democratización
del Libro y Fomento de la Lectura (PROMOLIBRO) y el Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (INDEPA), y la
adscripción de la Biblioteca Nacional del Perú, Archivo General de la Nación, Academia Peruana de la Lengua Quechua y
el Instituto de Radio y Televisión Peruana (IRTP), que posteriormente fue
transferido a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Este
primer ROF tuvo las limitaciones entendibles de una institución en formación,
que buscaba superar el esquema INC que se había mantenido vigente en el Estado
durante 41 años, buscando ponerse a tono con los modelos y características de
los Ministerios de Cultura que se han ido creando en la región en los últimos
años (ver más al respecto el “El Estado de la cultura”). El INC tuvo desde sus inicios, y se fue asentando más en el tiempo, un fuerte sesgo patrimonialista,
dejando en un plano subalterno el fomento a la cultura viva y las artes, dentro
de los que se incluían los elencos nacionales como la Orquesta Sinfónica
Nacional. Al crearse por Ley Nº 29565 en julio del 2010 el Ministerio de Cultura, la institución se agrupó en dos viceministerios: de Patrimonio
Cultural e Industrias Culturales de un lado y de Interculturalidad por el otro.
De esta manera se buscaba, cuando menos nominalmente, hacer equivalentes al
trabajo por el Patrimonio Cultural con el de las Industrias Culturales, e incorporar
como una tarea básica el novedoso concepto de opción intercultural que como
dice en los Lineamientos de Política Cultural del Ministerio, “propone generar un trato horizontal entre las distintas culturas sobre la base del diálogo, en el marco de nuevos circuitos de intercambio cultural”.
Para
este fin se crearon en el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias
Culturales tres direcciones generales: Patrimonio Cultural, Fiscalización y
Control y de Industrias Culturales y Artes, cada una con sus respectivas
direcciones de línea, que en el caso de la última la conformaban la Dirección
de Industrias Culturales, Dirección de Artes y Acceso a la Cultura y de Elencos
Nacionales. Y el Viceministerio de Interculturalidad se conformó a su vez de dos
direcciones generales: de Interculturalidad y Derechos de los Pueblos y de
Inclusión de los Conocimientos Ancestrales, con sus respectivas direcciones. Aparte
de lo señalado, el Ministerio, como todos los otros, se compone de un cuerpo de
asesores, y una frondosa estructura administrativa cuya máxima autoridad es el
Secretario General.
LA GRAN TRANSFORMACIÓN
A
poco de empezar a andar el Ministerio se comenzó a evidenciar que la estructura
del ROF inicial tenía varios problemas y omisiones, que se iban agravando con
la ampliación del ámbito cultural que el Ministerio fue asumiendo con el paso
del tiempo, lo que chocaba a veces con superposición de funciones, indefinición
de otras, sobrecarga de tareas y, casi siempre, escasez de presupuesto. Por
esta razón, desde principios del 2012 se fue elaborando y discutiendo una
propuesta de nuevo ROF para el Ministerio, recogiéndose las sugerencias y
opiniones de quienes formaban parte de sus diversas instancias.
Al
respecto, el propio Ministro Luis Peirano adelantó inicialmente la posible
creación de un tercer viceministerio, en este caso de Industrias Culturales,
para reforzar uno de los tres sectores vertebrales que componen el Ministerio.
Se puede revisar, por ejemplo, estas tres entrevistas del 2012 al Ministro
donde reitera la importancia de las Industrias Culturales y las Artes en el
sector:
La
posibilidad de ampliar a tres viceministerios fue pronto descartada porque
implicaba cambios en la Ley de creación del Ministerio a ser aprobado por el
Congreso de la República, lo que podría resultar bastante largo y engorroso. A
cambio de ello se propuso la división de la Dirección General de Industrias
Culturales y Artes (DGIA) en dos direcciones generales, una de Industrias
Culturales y otra de Arte, con sus respectivas unidades de línea, que serían,
en la primera: de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, de la Industria
Fonográfica, y de la Industria Editorial; y en la otra, de Fomento a las Artes,
de Acceso a la Cultura y de Elencos Nacionales, respectivamente. Asimismo en el
mismo viceministerio se preveía la creación de una Dirección General de Museos,
tomando como base la Dirección de Museos y Bienes Muebles que existía dentro de
Patrimonio General.
Finalmente,
el día del solsticio de invierno apareció el nuevo ROF y, ¡oh sorpresa!, el
lado patrimonial creció de dos a cuatro direcciones generales: Patrimonio
Cultural, Patrimonio Arqueológico Inmueble, Museos y Defensa del Patrimonio
Cultural, mientras permanece como una sola la DGIA, esta vez con cuatro
direcciones a su cargo: del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios, del
Libro y la Lectura, de Arte y de Elencos Nacionales. A su vez, en el
Viceministerio de Interculturalidad se mantienen las dos direcciones generales,
aunque con otros nombres: Derechos de los Pueblos Indígenas y de Ciudadanía
Intercultural.
Hay
otros aspectos que contiene el nuevo ROF, algunos positivos como la
constitución de las Direcciones Desconcentradas de Cultura en reemplazo de las
Direcciones Regionales de Cultura que sustituyeron a su vez a las filiales
departamentales del INC, y que deben contener cada una subdirecciones
desconcentradas de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio; Industrias
Culturales y Artes, e Interculturalidad. El asunto es saber si se va a traducir
también en más presupuesto y autonomía para las direcciones regionales, pues en
varias de ellas el personal que se cuenta en este momento, y las condiciones en
que se trabaja, son bastante precarios, por decir lo menos. Otro aspecto
relevante y discutible es la disolución de la Comisión Consultiva de Pueblos
Andinos, Amazónicos y Afroperuanos –
INDEPA y la Comisión Consultiva Nacional de Cinematografía; quedando ahora como
único órgano consultivo reconocido por el Ministerio a la Comisión
Consultiva Nacional de Cultura.
¿HAY
INTERES EN PROMOVER LAS INDUSTRIAS CULTURALES?
Para
quienes no conocen cómo funcionan las cosas en la administración pública y
específicamente un ministerio, todos estos cambios pueden parecer puramente
burocráticos y que afectan exclusivamente a quienes trabajan en él. No obstante,
y como he mencionado anteriormente, ello
tiene consecuencias en cuanto a cuotas de poder, ámbito de funciones,
representación y recursos al interior de la institución. Por de pronto, las
Industrias Culturales y Artes han pasado de significar el 20 al 14% dentro de
las direcciones generales del Ministerio, y de ser un tercio a un quinto dentro
del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; lo que tendrá
repercusiones en el reparto presupuestal, que siempre favoreció el ámbito
patrimonial, y cuya diferencia seguramente se agudizará en los próximos años.
Pero
el asunto no se limita a la nueva estructura, pues cuando uno revisa las
funciones que se asignan a la DGIA en este ROF descubre, entre otras cosas, que
ya no puede expedir resoluciones, que es un decreto con valor legal en su
nivel, como si se precisaba en el anterior ROF, reduciéndose la autoridad y
alcance de la Dirección General a emitir “declaratorias de interés cultural,
auspicios nominales y cartas de presentación”, como gustan decir los
burócratas, “en el ámbito de su competencia”. También se incluye como una nueva
atribución, el gestionar la programación artística de los eventos a realizarse
en el Gran Teatro Nacional, lo que finalmente va a depender, en gran parte, de
quienes tengan a su cargo la administración del mismo.
Más
crítico es el caso de la novísima Dirección del Audiovisual, la Fonografía y
los Nuevos Medios (cuyas ilegibles siglas son DAFNM) que en varias funciones reemplaza a la DIC. Y es que si se habla del Audiovisual y la Fonografía esto debe
traducirse en cosas concretas sobre las cuales legislar, como el cine,
televisión o radio, para empezar, y como sucede, por ejemplo, con las leyes del
audiovisual que han sido promulgadas en Argentina, Uruguay, Ecuador o Brasil.
Nada de eso se menciona en las 14 funciones señaladas en el nuevo ROF, todas
extremadamente vagas y generales, como vago y general es el concepto de “nuevos
medios” que se supone se refiere a las plataformas digitales y tecnológicas,
pero que dicho de esa manera puede prestarse a diversas interpretaciones y
alcances. Tal vez por eso, por ejemplo, no escuchamos ningún pronunciamiento del Ministerio de Cultura frente al reclamo hace algunas semanas de los músicos para que algunas radios cumplan con la Ley de Radiodifusión en cuanto a la cuota de programación nacional que deben tener diariamente. Y es que el Estado
debe actuar en el día a día, e involucrarse con los agentes culturales y el
respeto a la Ley, no quedarse en sus propias acciones o los homenajes, que por
muy sentidos que sean, no solucionan las problemáticas de fondo de su sector.
Resulta
curioso, por demás, que la única mención que se hace en las funciones a la
palabra “cinematografía”, tal vez porque no quieren verse involucrados con los
bulliciosos cineastas, es cuando se
refiere a la necesidad de preservar el patrimonio audiovisual, pero olvidando
que si se trata de una dirección de fonografía, se debería alentar también la
recopilación y preservación del patrimonio musical y sonoro, así como de los “nuevos
medios”, que dentro de poco ya serán viejos. Y ni que decir respecto la Ley vigente de Cinematografía, la 26370 y su modificatoria de la Ley 29919, cuya
mención se omite en todo el texto, así como la responsabilidad de su ejecución,
que antes correspondía a la DIC por herencia del fenecido CONACINE.
La
otra nueva dirección, la del Libro y la Lectura (que sería algo así como DLYL),
parece por una parte querer prolongar las acciones que vino realizando el
Consejo Nacional de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura (PROMOLIBRO) y que en determinados aspectos ahora resultan superpuestos o en competencia
a otras instancias del Estado como el Plan Lector del Ministerio de Educación,
el Sistema Nacional de Bibliotecas y la Casa de la Literatura. Y eso porque la
dirección debió proponerse centralmente al impulso de la Industria Editorial en
general, lo que abarca otros tipos de publicaciones e impresos (historietas,
afiches, revistas), además de por supuesto el libro tradicional y digital, que
como en el caso del cine, tiene también su ley específica, la 28086, de Democratización del Libro y Fomento a la Lectura, que requiere también su puesta
al día de cara al mercado librero.
Por
otro lado, llama también la atención que la anterior Dirección de Arte y Acceso
a la Cultura se haya quedado simplemente como Dirección de Arte, lo que resulta contradictorio con la idea de
proyección a la comunidad y trabajo con las organizaciones de base que se
promueve a través del programa Puntos de Cultura, y que debió ameritar una
dirección específica para abordarlo y consolidarlo, quedando la otra para
estimular, con mayor vigor y alcance, las artes y los artistas a nivel
nacional.
Sin embargo
lo más preocupante de todo es que pareciera no haber consciencia clara en las
autoridades del Ministerio de Cultura respecto al rol y la importancia de las
Industrias Culturales, tanto como valor económico como social e identitario, a
pesar que en sus propios Lineamientos se declara que “las industrias culturales son un agente clave en la construcción de ciudadanía y, por tanto, requieren el diseño y puesta en práctica de estrategias para que los medios masivos de comunicación difundan contenidos que promuevan valores democráticos y que no discriminen a ninguna de las identidades o grupos culturales existentes en el país.” No se entiende de
otra manera porque, a diferencia de Argentina, Brasil, Colombia, Chile,
Ecuador, Uruguay o Venezuela, que tienen direcciones, oficinas y dependencias muy
activas en el campo de las industrias culturales, aquí buscamos más bien
desdibujarlas, reduciendo su aspecto productivo y de intervención con políticas
públicas en defensa de la producción nacional en mercados concentrados y oligopólicos,
en contravención de lo manifestado por la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales adoptada en el 2005
por la UNESCO y ratificada por Perú con la Resolución Legislativa Nº 28835. Por
eso era importante que se desdoblara la DGIA, a fin de poder abordar con mayor autoridad,
profundidad, personal y por supuesto presupuesto, la acción en el campo de las
diferentes industrias culturales, más allá incluso del audiovisual, fonografía,
editorial o “nuevos medios”, incorporando el diseño o la producción escénica
como propone el Mercado de las Industrias Culturales de Argentina (MICA) u
otras expresiones que se cuentan dentro de las llamadas Industrias Creativas según la UNESCO. Y por el lado de las artes, con toda su complejidad y
diversidad, tanto clásica como moderna, occidental, oriental o nativa, en sus
diferentes expresiones y tendencias, y sin dejar de lado a los artistas y
gestores profesionales, como a las organizaciones e individuos que desarrollan
el arte desde su comunidad o barrio, como elemento de transformación social.
En suma y a
pesar de lo dicho y declarado por el Ministro, el nuevo ROF demuestra que no
hay una efectiva intención ni propósito de las máximas autoridades del sector,
y del gobierno en su conjunto, por promover las Industrias Culturales y ponerla
al mismo nivel que las otras áreas de la institución, lo que parece
retrotraernos al esquema del viejo INC patrimonialista, más aún cuando otra
área, como la de interculturalidad, se ve atada de manos por la poca
convicción del Ejecutivo por llevar
adelante la Consulta Previa, que sigue siendo uno de sus mandatos principales de
acuerdo al ROF y en cumplimiento del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre
los Derechos de los Pueblos Indígenas. Y lo lógico sería que si administrativamente se refuerza el área del
Patrimonio Cultural, esta debería tener mayor celo en el cuidado del mismo, que
se encuentra diseminado a lo largo de todo el país, pero paradójicamente esta
norma se da en momentos que el Ministerio de Cultura es seriamente cuestionado
por colectivos ciudadanos al avalar la dación del Decreto Supremo Nº 054-2013-PCM, que
“facilita” la obtención de los Certificados de
Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA) valiéndose del procedimiento del silencio administrativo, con el objeto de “promover las inversiones” en todo el país. Es decir, se amplía una función que, sin embargo, en la práctica
concreta declina sus competencias sobre lo porvenir y descubrir frente a las necesidades
de las grandes empresas y el poder político, limitándose a la conservación de
lo existente, mientras el presupuesto alcance y la “Marca Perú” lo pueda
celebrar.
Y es que de
cultura nadie se muere, como dijo un funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas hace un tiempo, y es verdad, pero tampoco se vive, por lo menos en el
Perú, como pueden dar testimonio muchísimos artistas, gestores y productores culturales
nacionales, que esperaban tener en el Ministerio a quien lo represente, acompañe
y defienda al más alto nivel, pero que cada vez lo ven más ancho y ajeno,
parafraseando el título de la gran novela de Ciro Alegría.
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